Preámbulo
Reunidos los dirigentes del Estado, en plena algarabía espirituosa, tras profundos análisis y complejas cavilaciones, encendidas exposiciones y enconados debates, y tras una decisiva competición de distancia de meadas, hemos decidido que sí, que vale, que bueno, que si no queda más remedio:
Artículo 1
- La Callecita se constituye en un Estado democrático (risas) postcontemporáneo (aplausos), laico y asocial (vítores), que propugna como valores supremos la libertad, la justicia, la diferencia entre individuos y la embriaguez como principio rector supremo de todos los valores citados (congas alrededor del hemiciclo).
Artículo 2
- La Soberanía Nacional reside en el callejón del Gato, nº3 7º de EGB, escalera de caracol.
- Como Soberanía no sabe beber, Nihilia, Segundo de Chomon y Timoteo decidimos constituir el Gobierno Tricefálico Vitalicio.
- Tendrá lugar al menos una reunión semanal, llamada Concíbulo, cuya hora de inicio y localización será conocida por todos ellos y cuya conclusión será incierta y rara vez recordada con total precisión.
- Cualquier decisión debe ser consensuada por las 3/2 partes de Whisky y el resto hasta completar la unidad de Coca-Cola.
- El Gobierno cuenta con los siguientes órganos consultivos que le ayudan en la toma de decisiones:
- Bender.
Artículo 3
- No nos oponemos a que todos los ciudadanos nazcan libres e iguales en dignidad y derechos, tal y como asegura la declaración de Naciones Unidas. Sin embargo, afirmamos que depende de la trayectoria de cada transeúnte el mantener su condición de persona y su dignidad intactos.
- El Estado se reserva alegremente la facultad de dispensar cuantos tratos vejatorios considerare necesarios a aquellos individuos que cometieren atentados contra la dignidare humana.
- En particular, La Callecita cree en la conveniencia de la pena de muerte por ¡zacatrás! para casos extremos de degradación.
Artículo 4
- La Callecita carece de bandera o cualquier otro símbolo tras el que encerrar ideas.
- El único himno reconocido es aquél que se canta de madrugada en condiciones de embriaguez.
Artículo 5
- A las Fuerzas Armadas corresponde el monopolio de la violencia a fin de garantizar la soberanía e independencia de La Callecita, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional vigente, así como acatar las tiránicas y despiadadas órdenes de sus dirigentes.
- La Callecita carece de Fuerzas Armadas.
- Las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad de cualquier Estado serán objeto de mofa y befa por parte de los transeúntes.
Artículo 6
- La nacionalidad de La Callecita se obtiene al pasar por allí.
- El gentilicio para referirse a los habitantes de La Callecita es "transeúnte".
- Cualquier forma de vida del multiverso está sometida al régimen jurídico de La Callecita.
Artículo 7
- La Callecita, como buen Estado laico, carece de religión oficial.
- No obstante, se acepta la divinización de las autoridades del Estado.
Artículo 8
- El idioma oficial de La Callecita es un dialecto del español que se caracteriza por la laxitud en la vocalización. Todos los transeúntes tienen el derecho a usarlo y el deber de intentar entenderlo.
- Cualquier otra forma o amago de comunicación será considerada cooficial, desde el esperanto hasta el guanche, pasando por los gruñidos y ¡qué demonios! el inglés.
- Se proveerá a cada miembro del gobierno de una pizarra y dos tizas por si se diese el caso de que alguno de ellos no pudiese pronunciar correctamente.
Artículo 9
- Ninguna lista tendrá un número de elementos múltiplo de 5.